Con el objetivo de fortalecer a las instituciones bancarias, el pasado 31 de marzo de 2020, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (“CNBV”), emitió una recomendación para que las mismas se abstengan del pago de dividendos, recompra de acciones y otros beneficios a sus accionistas a fin de que estén en mejor posición de absorber potenciales pérdidas como resultado de la pandemia COVID-19, y cuenten con mayores recursos para apoyar a la economía. 

La CNBV señala que esta medida es consistente con las medidas tomadas por el Banco Central Europeo y los bancos centrales y autoridades de supervisión de Suecia, Italia, Rusia, Argentina, Canadá, Gran Bretaña, Bélgica, Austria, Dinamarca y Japón, entre otros, que han establecido diversas recomendaciones para que las instituciones financieras se abstengan de pagar dividendos, recomprar acciones o incrementar remuneraciones variables o bonos a sus ejecutivos y funcionarios. 

En términos generales, la recomendación consiste en que las instituciones bancarias se abstengan de: (i) acordar el pago de dividendos a los accionistas de la institución de banca múltiple, así como cualquier mecanismo que implique una transferencia de beneficios patrimoniales a éstos, o asumir el compromiso irrevocable de pagarlos por lo que respecta a los ejercicios fiscales de 2019 y 2020, incluyendo la distribución de reservas, en el entendido que, en caso de que la institución de banca múltiple de que se trate pertenezca a un grupo financiero, la medida incluirá a la sociedad controladora del grupo al que pertenezca, así como a las entidades financieras o sociedades que formen parte del grupo, y (ii) llevar a cabo recompras de acciones o cualquier otro mecanismo tendiente a recompensar a los accionistas. 

Es importante señalar que la CNBV ha establecido que cualquier institución bancaria o grupo financiero que no pretenda seguir esta recomendación deberá dar aviso a la CNBV, por escrito, dentro de los 7 días hábiles siguientes a la emisión de la recomendación, suscrito por su director general, explicando las razones por las cuales determina no cumplir con la misma. Dicha decisión y las razones serán hechas del conocimiento público. 

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