El día de ayer el titular de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público presentó al Congreso de la Unión el paquete económico para el ejercicio de 2020. Entre otros documentos, el paquete incluye la Iniciativa de Decreto por el que se expide la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2020 y la Iniciativa de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta (“LISR”), de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (“LIVA”), de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (“LIEPS”) y del Código Fiscal de la Federación (“CFF”).
El paquete económico incluye cambios y adiciones de disposiciones fiscales muy importantes para todos los negocios que se realizan en México, por lo que dada su relevancia, se requiere un análisis muy detallado para determinar todas las posibles implicaciones. Los siguientes días estaremos enviando nuestros comentarios; sin embargo, abajo se encuentra un resumen de los cambios que consideramos más relevantes y merecen la atención de todos los contribuyentes:
- En materia de ISR, se propone actualizar el alcance de la definición de establecimiento permanente, se establecen nuevas limitantes para el acreditamiento de ISR pagado en el extranjero y para la deducción de pagos a partes relacionadas y pagos que deriven de “acuerdos estructurados”, incluyendo una limitación a la deducción de intereses calculada sobre un porcentaje de utilidad, se incluyen nuevas disposiciones en materia de entidades extranjeras transparente y figuras jurídicas y se modifican las reglas actuales aplicables a entidades extranjeras controladas sujetas a un régimen fiscal preferente, se elimina la aplicación del régimen de FIBRAs para FIBRAs privadas y se incluyen para gravar los ingresos obtenidos por usuarios de plataformas digitales, entre otros.
- En materia de la LIVA se incluye la obligación de retener el impuesto correspondiente por los contratantes de servicios de subcontratación laboral y se incluyen diversas reglas para regular el comercio electrónico y servicios digitales. Asimismo, se elimina la posibilidad de considerar IVA acreditable por erogaciones relacionadas con actividades que no son objeto de la ley.
- En materia de la LIEPS, se actualiza la cuota de tabacos labrados y bebidas saborizantes, se incluyen las definiciones para combustibles previamente incluidas en la Ley de Ingresos y se incluyen disposiciones en materia de compensación de saldos a favor segregando el impuesto por tipo de producto, entre otros.
- En materia del CFF se incluyen diversas disposiciones para atacar a empresas que comercializan facturas, se incluye una regla general anti-abuso de re-caracterización de operaciones cuando no existe razón de negocios, se modifican disposiciones en materia de velo corporativo y se incluye la obligación de revelar esquemas reportables para asesores fiscales.