El 25 de julio de 2019 se aprobó la Ley Nacional de Extinción de Dominio y el Estado podrá ahora incautar bienes a las empresas por diversas causas incluyendo la corrupción.
Es de la máxima importancia que las empresas actualicen sus programas de cumplimiento para atender esta nueva realidad, estableciendo políticas y controles que permitan aportar elementos de prueba para acreditar la buena fe en la adquisición o posesión de bienes dentro de un procedimiento de dominio.
Tener un programa efectivo de Cumplimiento puede ser un eximente de responsabilidad penal para las empresas y un mitigante de las responsabilidades administrativas, además de que es la forma correcta de hacer negocios y sobre todo puede convertirse en una auténtica ventaja competitiva.
Para mayor información sobre el tema, consulta el artículo “México incluye los delitos de corrupción como causa de extinción de dominio” escrito por nuestros expertos en la materia y publicado por The FCPA Blog.