El gobierno de los Estados Unidos ha designado oficialmente a varios cárteles mexicanos como Organizaciones Terroristas Extranjeras (Foreign Terrorist Organizations) y como Terroristas Globales Especialmente Designados (Specially Designated Global Terrorists). Por su parte, Canadá también ha clasificado a ciertos cárteles como entidades terroristas conforme a su Código Penal. Estas designaciones generan amplias implicaciones legales y de cumplimiento para las empresas que operan en o con México.
Las compañías enfrentan un mayor riesgo de acciones de cumplimiento, responsabilidad civil, interrupción contractual y daño reputacional, especialmente bajo leyes contra el terrorismo y el lavado de dinero.
Las autoridades pueden llevar a cabo investigaciones transfronterizas basadas en el intercambio de información, tratados de asistencia legal mutua (MLATs) y citatorios, con frecuencia sin el conocimiento inmediato de la empresa.
Ante este panorama, se recomienda que las empresas actúen de manera proactiva:
Realizar evaluaciones internas de riesgo y revisiones forenses.
Actualizar sus protocolos de debida diligencia y verificación de terceros.
Preservar el privilegio legal y preparar planes de respuesta internos.
Buscar asesoría legal oportuna si se enfrentan a investigaciones en EE. UU., Canadá o México.
Si tienes alguna pregunta relacionada con este tema, por favor contacta a nuestro socio Ricardo Calderón (ver datos de contacto abajo), socio líder del área de Cumplimiento, Anticorrupción e Investigaciones.