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Newsflash - SENER publica Disposiciones sobre la Manifestación de Impacto Social del Sector Energético

El 16 de febrero de 2026, la Secretaría de Energía (“SENER”) publicó en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”) el Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones Administrativas de Carácter General sobre la Manifestación de Impacto Social del Sector Energético (“Disposiciones”).

Las Disposiciones tienen por objeto establecer, entre otros aspectos, los elementos para la elaboración y presentación de la Manifestación de Impacto Social del Sector Energético (“MISSE”), así como el procedimiento que para tal efecto debe seguir la SENER.

Las Disposiciones son de aplicación federal y en todo el territorio de los Estados Unidos Mexicanos, a las actividades de los sectores eléctrico, hidrocarburos, geotermia, biocombustibles, así como en cualquier otra actividad que establezcan los distintos ordenamientos que regulan el Sector Energético en México.


Las Disposiciones abordan, entre otros aspectos, los siguientes:

  1. Generalidades

Se establecen diversos requerimientos para la elaboración de la MISSE e implementación de cierto Plan de Gestión Social, destacando, entre otros: (i) la participación voluntaria de las personas integrantes de las localidades; (ii) dar aviso a las autoridades representativas en el caso de estudios realizados en pueblos o comunidades indígenas o afromexicanas; (iii) aplicación transversal de la Perspectiva de Género en todas las fases del proyecto o actividad; y (iv) elaboración de la MISSE con información reciente, fidedigna y comprobable.

  1. Aplicación

La MISSE debe presentarse para las actividades siguientes:

Sector Hidrocarburos

Exploración superficial sísmica marítima o terrestre invasiva.

Exploración o extracción de hidrocarburos en área contractual o área de asignación.

Tratamiento, procesamiento o refinación de petróleo.

Almacenamiento de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos.

Distribución o transporte de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos por ducto.

Compresión o descompresión de gas natural.

Regasificación o licuefacción de gas natural.

Procesamiento o tratamiento de gas natural.

Expendio al público o despacho para autoconsumo de gas natural o petrolíferos.

Sector Eléctrico

Generación de energía eléctrica.

Servicio público de transmisión de energía eléctrica.

Almacenamiento de energía eléctrica.

Biocombustibles

Producción de biocombustibles mayor o igual a 5,000 metros cúbicos por día.

Transporte de biocombustibles.

Almacenamiento de biocombustibles con capacidad mayor o igual a 300,000 litros.

Sector Geotérmico

Exploración de recursos geotérmicos que requiera infraestructura o perforación de pozos.

 

  1. Excepciones

Aunado a las excepciones señaladas en el Reglamento de la Ley del Sector Eléctrico y Reglamento de la Ley del Sector Hidrocarburos, las Disposiciones establecen diversos supuestos bajo los cuales no se requiere la presentación de la MISSE, destacando, entre otros: (i) las obras y actividades relacionadas con el servicio público de distribución de energía eléctrica; (ii) las actividades de comercialización en términos de la Ley del Sector Eléctrico y su Reglamento; y (iii) los permisos de importación y exportación de hidrocarburos y petrolíferos que se otorguen al amparo de la Ley de Comercio Exterior.

  1. Contenido y presentación de la MISSE

Las Disposiciones establecen rubros de contenido mínimo con los que deberá de elaborarse la MISSE, dentro de los que se encuentra: (i) información general del proyecto y del promovente; (ii) área de influencia; (iii) localidades que se ubican en el área de influencia; (iv) identificación, caracterización, predicción y valoración de los impactos sociales; y (v) Plan de Gestión Social y beneficios compartidos.

Aunado a lo anterior, dependiendo de las características del proyecto o actividad, deberá de cumplir con los requisitos específicos establecidos conforme a los formatos previstos para tal efecto en las Disposiciones.

La MISSE deberá presentarse a través de la Ventanilla de Energía habilitada por la SENER mediante el uso de firma electrónica avanzada y previo al inicio del desarrollo de la infraestructura vinculada al proyecto o actividad.

  1. Evaluación

La SENER deberá llevar a cabo la revisión integral de la MISSE en un plazo no mayor de 90 días naturales para Proyectos del Sector Eléctrico y 90 días hábiles para Proyectos del Sector Hidrocarburos, Geotermia y Biocombustibles, debe emitir una resolución que: (i) autorice definitivamente; (ii) autorice de manera condicionada; o (iii) niegue la autorización solicitada. 

Es relevante considerar que la autorización definitiva de la MISSE es un requisito para el inicio del desarrollo de infraestructura vinculada al proyecto, y que para la obtención de la medida administrativa del sector energético que ampara la actividad a desarrollar emitida por la SENER o la Comisión Nacional de Energía, es necesaria la obtención de la MISSE o el acuse de recepción de la misma.

  1. Revocación 

Las Disposiciones contemplan causales de revocación de la autorización de la MISSE, destacando, entre otras: (i) la no ejecución del proyecto; (ii) la comprobación de que el proyecto inició construcción previo al otorgamiento de la autorización definitiva de la MISSE; (iii) por mandato judicial; (iv) por revocación de la medida administrativa del sector energético que ampare la actividad; y (v) el incumplimiento de los términos y condicionantes de la autorización o de los acuerdos derivados de los procedimientos de consulta previa, libre e informada a pueblos o comunidades indígenas o afromexicanas.

  1. Entrada en vigor

Las Disposiciones entraron en vigor el 17 de febrero de 2026, y abrogan las Disposiciones Administrativas de Carácter General sobre la Evaluación de Impacto Social en el sector energético publicadas en el DOF el 1 de junio de 2018.

No obstante, las Evaluaciones de Impacto Social y las MISSE que se encuentren en trámite previo a la entrada en vigor de las Disposiciones, se atenderán hasta su conclusión conforme a las disposiciones vigentes al momento de su presentación. 

Les invitamos a comunicarse con sus contactos usuales en Ritch Mueller para comentar cualquier cuestión relacionada a los asuntos descritos en esta nota. 

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