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Ritch Mueller

Newsflash - Propuesta de reforma para eliminar orden obligatorio de garantías fiscales

El 18 de marzo de 2026, el Ejecutivo Federal presentó ante la Cámara de Diputados una iniciativa para reformar el artículo 141 del Código Fiscal de la Federación (el “CFF”), con el objetivo de restablecer la libre elección de los contribuyentes respecto de la modalidad para garantizar el interés fiscal cuando tengan créditos fiscales a su cargo (la “Iniciativa”).

Con las reformas al artículo 141 del CFF que entraron en vigor en enero de 2026, se introdujo un orden obligatorio de prelación en las modalidades para garantizar el interés fiscal, colocando como primera opción el depósito en efectivo mediante billete de depósito ante el Banco del Bienestar. Bajo este esquema, los contribuyentes debían agotar cada modalidad en el orden previsto y acreditar la imposibilidad de utilizar la anterior antes de poder optar por la siguiente. 

En la práctica, este régimen obligaba a los contribuyentes a erogar recursos equivalentes al 100% del crédito fiscal mediante un depósito en efectivo para evitar el inicio o la continuación del procedimiento administrativo de ejecución. Este esquema ha generado litigios en los que se ha cuestionado su constitucionalidad, incluso obteniéndose suspensiones judiciales para que los contribuyentes puedan optar por cualquier forma de garantía sin seguir el orden obligatorio vigente.

La Iniciativa propone reformar el primer párrafo del artículo 141 del CFF para restablecer el régimen anterior, en donde los contribuyentes podían elegir libremente la modalidad de garantía del interés fiscal sin seguir un orden obligatorio ni demostrar la imposibilidad de utilizar otra modalidad.

En el caso de créditos fiscales garantizados bajo el esquema obligatorio vigente a partir de 2026, la Iniciativa propone que los contribuyentes podrán optar por sustituir la garantía correspondiente por alguna de las opciones previstas en el artículo 141 del CFF, siempre que el contribuyente lo solicite y la autoridad fiscal lo autorice. 

Es importante destacar que la Iniciativa no elimina la obligación de garantizar los créditos fiscales cuando éstos se impugnen mediante recurso de revocación. Por lo tanto, en esa instancia los contribuyentes deberán seguir garantizando el interés fiscal para evitar la ejecución del crédito fiscal(1).

La iniciativa fue turnada a la Cámara de Diputados para su análisis y trámite legislativo. Los mantendremos informados en caso de que la Iniciativa sea aprobada.

 

(1) No obstante, sigue vigente la opción prevista en el artículo transitorio Vigésimo Noveno de la Ley de Ingresos de la Federación para 2026, que le permite a los contribuyentes que interpongan un recurso de revocación durante 2026, a garantizar el interés fiscal en un plazo de seis meses contados a partir de la fecha de presentación del recurso.
 

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