De conformidad con el “EXTRACTO del dictamen preliminar del expediente IEBC-004-2022, emitido el veintisiete de septiembre de dos mil veinticuatro” (el “Dictamen Preliminar”) publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de octubre de 2024, la Autoridad Investigadora de la Comisión Federal de Competencia Económica (“COFECE”) determinó la probable existencia de una barrera a la competencia y libre concurrencia en los mercados de producción, comercialización y distribución de harina de maíz blanca y azul a granel dirigida para la elaboración comercial de tortillas de harina de maíz, con una dimensión geográfica regional dividida en ocho regiones en el país (los “Mercados Relevantes”), derivada de la posición dominante del grupo de interés económico de GRUMA, S.A.B. de C.V. (“GRUMA”).

La COFECE inició una investigación sobre los mercados de producción, distribución y comercialización de maíz y harina de maíz (el “Mercado Investigado”), que duró desde noviembre de 2022 hasta junio de 2024. Con base en dicha investigación, la Autoridad Investigadora llevó a cabo el análisis de las condiciones de competencia en términos del artículo 59 de la Ley Federal de Competencia Económica (“LFCE”), y determinó, de manera preliminar, que no existen condiciones de competencia efectiva en los Mercados Relevantes, debido a que:

  • GRUMA lidera todos los Mercados Relevantes, con participaciones de entre el 50% y el 90%, en términos de ventas totales, y entre el 45% y el 100%, en cuanto a la capacidad instalada, en cada uno de dichos mercados.

  • GRUMA tiene capacidad para fijar precios, manteniendo, a través de su marca principal, un diferencial promedio del 9.5% más alto que sus competidores. 

  • Existen barreras a la entrada de nuevos competidores a los Mercados Relevantes, como son los siguientes: (i) los costos financieros y el acceso limitado al financiamiento; (ii) el acceso limitado a canales de distribución eficientes frente a la extensa red de distribución que ha desarrollado GRUMA; (iii) los altos costos de inversión y largos plazos de recuperación; (iv) la necesidad de alcanzar una escala mínima eficiente para la competitividad en estos mercados; (v) el acceso a transporte ferroviario por las ventajas que conlleva en costos logísticos; (vi) la falta de usos alternativos de la infraestructura en la producción de harina de maíz, por lo que la inversión se convierte en un costo hundido; (vii) la importancia del desarrollo de una fuerza de ventas efectiva y relaciones de confianza con los clientes que requiere tiempo y recursos considerables; (viii) la capacidad de ofrecer una amplia gama de productos diferenciados; y (ix) las estrategias comerciales implementadas por GRUMA respecto del otorgamiento de maquinaria y el otorgamiento de financiamientos a los Industriales de la Masa y la Tortilla (“IMyT”). 

  • Los competidores de GRUMA ejercen una presión competitiva limitada.

  • GRUMA ha crecido de manera inorgánica mediante la adquisición de Agroinsa de México, S.A. de C.V. y Agroindustrias del Norte, S.A. de C.V. en 2005. Ninguna de las plantas que adquirió como parte de esa transacción se encuentra actualmente en operación.

La Autoridad Investigadora identificó que los Mercados Relevantes están altamente concentrados, dominados por GRUMA, manteniendo ésta una ventaja significativa e irreversible frente a todos sus competidores en los Mercados Relevantes que le permite establecer precios elevados sin que puedan hacerle competencia suficiente. Asimismo, la Autoridad Investigadora identificó que GRUMA tendría estrategias específicamente diseñadas para dificultar que los tortilleros puedan cambiar de proveedor.

Una vez analizadas las condiciones de competencia efectiva en los Mercados Relevantes, la Autoridad Investigadora identificó la probable existencia de una barrera a la competencia estructural, respecto de la concentración del mercado por parte de GRUMA a lo largo de los años con una posición dominante en todos los Mercados Relevantes, apoyada por estrategias comerciales que derivan de esta estructura y que contribuyen a la falta de condiciones de competencia en dichos mercados.

Para eliminar dicha restricción identificada, la Autoridad Investigadora busca se ordenen las siguientes medidas correctivas:

  • Se propone ordenar que GRUMA venda cinco plantas de producción clave en los Mercados Relevantes. Estas plantas deberán ser adquiridas por empresas no vinculadas a GRUMA para garantizar la creación de un entorno más competitivo. 

  • Se propone la eliminación de varias de las estrategias comerciales de GRUMA que dificultan la migración de clientes hacia otros proveedores, como (i) los compromisos de compra mínima, (ii) los compromisos de compra exclusiva, (iii) la desvinculación del pago de deudas a cambio de la compra de harina, (iv) la prohibición de cláusulas de inspección y (v) la implementación de mecanismos de transparencia y supervisión regulatoria, en cualquiera de los contratos con clientes IMyT.

Lo anterior, señala la Autoridad Investigadora, a fin de promover la contestabilidad en el mercado, reducir los altos costos de cambio y dar viabilidad a los negocios transferidos.

De conformidad con el artículo 94 de la LFCE, a partir de la emisión del Dictamen Preliminar, los agentes económicos afectados pueden presentar sus manifestaciones y medios de convicción ante el Pleno de la COFECE (el “Pleno”), quien, tras el análisis correspondiente, podrá ratificar, modificar o revocar dicho dictamen. Aquellos agentes económicos que demuestren tener interés jurídico en la investigación podrán presentar pruebas y formular los alegatos que estimen convenientes.

De confirmarse los hallazgos del Dictamen Preliminar, el Pleno podría ordenar a GRUMA eliminar las barreras que afectan el proceso de libre concurrencia y competencia en el Mercado Investigado y Mercados Relevantes.

En Ritch Mueller contamos con amplia experiencia en materia de competencia económica, con un equipo de profesionales disponibles para brindar asesoría a aquellos agentes económicos cuyas actividades se puedan ver impactadas por las potenciales recomendaciones de COFECE relacionadas con el mercado de harina de maíz.

En caso de requerir información adicional favor de contactar a Octavio Olivo Villa ([email protected]) o James E. Ritch ([email protected]) líderes del equipo de competencia económica de Ritch Mueller.